jueves, 7 de agosto de 2008

El incesto, un deseo

Incesto es una relación sexual sin coacción ni violación entre consanguíneos o parientes adultos en general, entre madre e hijo, entre padre e hija, entre hermano y hermana. Por extensión, puede extenderse a las relaciones sexuales entre tío y sobrina, tía y sobrino, padrastro e hija, madrastra e hijo, madre y yerno, padre y nuera, etc.


El deseo sexual incestuoso tiene que ver con el nacimiento prematuro de la cría humana, que no sobrevive sin el cuidado de un adulto durante los primeros meses de vida. Generalmente es la madre la que prodiga estos cuidados, generando con ello un plus, que es el proceso de sexuación en el cual el amor erogeneizante hace identificar a cada cría con la especie.


El horror al incesto es universal, ¿pero de dónde proviene? No parece una respuesta satisfactoria invocar la repugnancia instintiva. De hecho, se dan casos en la actualidad que conmocionan cada vez, y hay en la historia matrimonios incestuosos entre personas privilegiadas que han obedecido a un mandato, como el caso de Cleopatra y sus hermanos en el Antiguo Egipto.


El antropólogo finlandés Edvard Westermarck aduce, para explicar este horror, la existencia de un mecanismo filogenético mediante el cual el ser humano produce una aversión sexual hacia todas las personas que vivieron cerca de uno durante los primeros años de vida. Sería la cohabitación la que inhibiría la atracción sexual hacia un padre, madre o hermano. La función biológica de este mecanismo sería evitar lo que se conoce como “inbreeding” o endogamia. La prohibición de la relación sexual entre individuos cuyo grado de parentesco determina cada cultura supone la regulación de los intercambios exogámicos. Pero si este mecanismo fuera biológico, innato, no sería necesaria la prohibición!. No haría falta prohibir lo que la naturaleza misma determina.



Levi Strauss señala que la prohibición del incesto marca el comienzo de la organización social: la cultura se define a partir del establecimiento de cuáles son los lazos de parentesco a los que se les prohíbe la sexualidad. Y esto debido a que la atracción sexual entre los sexos es espontánea. La prohibición es la vertiente negativa de una regla positiva: la obligación de la exogamia. El respeto de la ley que prohíbe el incesto es posible porque se internaliza la inhibición de cualquier tipo de interés sexual hacia los parientes excluidos del círculo permitido en cada cultura. Es necesario un aprendizaje para inhibir fuertemente una tendencia que puede ser espontánea si no media este proceso.


¿Qué hay de los deseos incestuosos que a todos nos atraviesan?


Desde la psicología, Sigmund Freud da cuenta de un deseo sexual incestuoso de orden universal, relacionando la estructuración del psiquismo, con el atravesamiento por el famoso Complejo de Edipo. El deseo luego se reprime y condiciona determina neurosis u otras psicopatologías. La aversión que provoca el incesto tendría que ver entonces con un deseo infantil que luego, por haber sido reprimido, resulta siniestro para nuestra conciencia.


Así, Freud estableció en su artículo “Tótem y Tabú” (1812-1813) que la prohibición del incesto tiene su origen no en el horror que el incesto inspira, sino en el deseo que suscita. Este deseo reprimido se restringe en la cultura occidental al triángulo padre-madre-hijo. De manera que la función de la prohibición que se opone a la demanda instintiva es impuesta desde afuera e introyectada, interiorizada.


El hombre pasó de una condición natural, instintiva, a una condición social, cultural. La prohibición del incesto produjo:


· La institución de la exogamia y la ampliación del grupo social, incluyendo el desplazamiento de la dependencia primaria de los padres a la comunidad.


· El desarrollo y la organización de la sublimación, o sea la desviación de las tendencias instintivas prohibidas hacia actividades que multiplicaron la expresión creativa y laboral humana


· La transmisión de experiencias y aprendizajes adquiridos por las generaciones anteriores y la participación del grupo total en la enseñanza infanto-juvenil.


Por lo cual, pensar un acto sexual entre personas interdictas en cada cultura genera un daño psíquico, al violar la ley que fundamenta la inscripción del sujeto a la cultura. Se transgrede la prohibición fundamental que está en la base de la vida social. Se produce la ruptura de un pacto social.


Las leyes modernas no intervienen en la vida sexual privada de los adultos mayores. Sólo persiguen la paidofilia (incestuosa o no), la violación, el exhibicionismo o el atentado al pudor. En cuanto al matrimonio incestuoso, en general está prohibido, y no se admite ninguna filiación para un hijo de una unión semejante: en este caso, sólo la madre puede reconocer al niño, declarándolo de padre desconocido.


¿Cuál es la diferencia entre incesto, abuso sexual y paidofilia? Cuando hablamos de incesto nos referimos a una relación sexual entre consanguíneos o parientes adultos en general. Si una relación incestuosa involucra menores, adquiere la condición de abuso sexual con el agravante de que la figura adulta está obligada a la protección y cuidado de menores, siempre. El abuso y la paidofilia suponen coacción, violencia y perversión, en el sentido de que produce un arrasamiento de la subjetividad al considerar al otro objeto-cosa-medio para la obtención de placer. En general, la perversión involucra, principalmente, comportamientos destructivos en relación a otras personas.


Fotos:


“Incesto” de carlossescoriza en www.flickr.com


“El enigma del deseo”, Salvador Dalí (1929)




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